"Entregada Sobre Buque" significa
que el vendedor realiza la entrega cuando la mercancía es puesta a
disposición del comprador a bordo del buque, no despachada de aduana para
la importación, en el puerto de destino convenido. El vendedor debe
soportar todos los costos y riesgos inherentes al llevar la mercancía al
puerto de destino acordado con anterioridad a la descarga. Si las partes
desean que el vendedor asuma los costos y riesgos de descargar la
mercancía, debe usarse el término DEQ. El término DES puede usarse
únicamente cuando la mercancía deba entregarse a bordo de un buque en el
puerto de destino, después de un transporté por mar, por vía de navegación
interior o por un transporte multimodal |